¿Cuándo debo usar la mascarilla?: nuevos lineamientos para el uso de cubrebocas en Ciudad de México

El Gobierno de Ciudad de México publicó en la Gaceta Oficial nuevas acciones que se deberán llevar a cabo a partir de este viernes 14 de octubre.
El pasado 10 de octubre el Gobierno de México presentó un documento para dejar de hacer obligatorio el uso de cubrebocas y retirar la utilización de tapetes desinfectantes. El documento titulado Lineamientos para la continuidad saludable de las actividades económicas ante covid-19 muestra diferentes situaciones en los que el uso de la mascarilla es “recomendable” u “obligatoria”, siempre y cuando existan las características adecuadas para no usarlo.
Un día después y con esto en mente, la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) dispuso que tanto pasajeros como tripulación pueden optar por no usar barbijo durante los vuelos. Más lugares se han manifestado con respecto a la posibilidad de no llevar mascarilla.
El Gobierno de Ciudad de México ha publicado en la Gaceta Oficial del 13 de octubre nuevas acciones que se deberán llevar a cabo a partir de este viernes 14 de octubre.
La emergencia sanitaria debido a la covid-19 ha disminuido y de este modo, las restricciones también. De acuerdo con Eduardo Clark, encargado de Tecnología en Ciudad de México, el Gobierno de la capital ha tomado esta decisión después de observar mejoras en cuanto a hospitalizados y defunciones con una reducción de 98,8% con respecto a la cifra más alta que se tuvo.
Estas recomendaciones aplican para toda la población pero se debe comprender que la pandemia aún no acaba. De acuerdo con Clark, la vacunación continúa. Esta semana se aplicarán primeras dosis, refuerzos y refuerzo adicional en 274 unidades de salud.
La cobertura de la vacunación es del 99% en personas mayores de doce años con esquema completo y 70,4% en niños de 5 a 11 años con al menos dos dosis.
Uso voluntario del cubrebocas
El uso de cubrebocas no será obligatorio en dependencias, órganos desconcentrados, entidades y alcaldías de la administración pública local, sectores y establecimientos mercantiles que cuenten con espacios abiertos o tengan la posibilidad de estar ventilados o con la sana distancia adecuada.

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